La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la reforma a la Ley Minera de 2022 que establece al litio como área estratégica de explotación exclusiva del Estado, desechando los argumentos de legisladores que impugnaron la medida.
El pleno determinó que la acción de inconstitucionalidad era parcialmente procedente, pero infundada, al concluir que no hubo violaciones al régimen constitucional, ni a los principios de legalidad o seguridad jurídica.
También descartó que fuera obligatoria una consulta previa a pueblos indígenas y afromexicanos, al considerar que la reforma no generó una afectación directa a sus derechos.
Con esta resolución, se mantienen vigentes los cambios que prohíben otorgar concesiones a particulares para la explotación del litio y que establecen la creación de un organismo público para su manejo.
La Corte señaló que el litio forma parte de las áreas estratégicas reservadas al Estado, por lo que su exploración, explotación y aprovechamiento quedan bajo control federal.
