Tras la aprobación que se dio en la Cámara de Diputados, respetuosamente expongo que escuché y leí las expresiones relacionadas con la doble nacionalidad, empezando con las que pronunció la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, respaldando su iniciativa de reforma para impedir las aspiraciones y las intenciones político electorales de las personas que poseen la doble nacionalidad y que quisieran acceder a posiciones políticas de distintos niveles en nuestro país viviendo en el extranjero; también me enteré que se le hicieron algunos ajustes de última hora a la iniciativa original para propiciar ciertas flexibilidad o apertura, pero también observé que la argumentación se sustentó de manera parcial y sesgada, y que en un debate muy pobre únicamente se mencionó, por cierto que hasta la saciedad, la pretensión presidencial de afectar los derechos de quienes poseen la doble nacionalidad, y ello se hizo con suma ignorancia jurídica y con la deliberada afectación política hacia las y los migrantes poseedores de la doble nacionalidad, dejando de lado el concepto de la doble ciudadanía que, dicho sea de paso, debería ser lo más importante a esgrimir en este alegato.
Por cierto que no leí ni vi ni escuché en los medios de comunicación social ni en las Cámaras legislativas ni en las conferencias mañaneras hablar del espectro completo; es decir, de los dos conceptos que tienen que ver con este asunto cuyo debate debió de ampliarse antes de que la iniciativa fuese votada en el pleno legislativo, para que se hubiese discutido con mayores seriedad y abundamiento y se esclarecieran los conceptos sobre lo que es la doble nacionalidad y lo que es la doble ciudadanía, que no se ventilaron ni siquiera de manera superficial y mucho menos a profundidad, y esto es grave porque al parecer a la Presidenta de la República no se le explicó ni orientó debidamente al respecto, ya que tener doble nacionalidad es un derecho que no debe proscribirse, reducirse o menos aún eliminarse o afectarse políticamente en contra de quienes habiendo nacido en el extranjero pero siendo hijas, hijos o descendientes de padres mexicanos que residen fuera de México pero tienen sus derechos a salvo.
El problema se generaría con quienes tengan la ciudadanía extranjera y la ciudadanía mexicana, es decir la doble ciudadanía, situación que se presenta en menor escala y sobre todo en las fronteras, por la existencia de compatriotas nacidos en el territorio mexicano o en el extranjero y tienen doble residencia, con negocios en ambos países, con inversiones y pago de impuestos lo que les permite poder obtener la ciudadanía, e inclusive hay quienes tienen las acreditaciones electorales y suelen votar en las elecciones de las dos naciones lo cual podría ser discutible y sujeto de una controversia jurídica, pero se dan casos de esta naturaleza.
La prohibición legal existe y debe continuar existiendo para quienes tienen la doble ciudadanía y aspiran a participar en política en México más no para quienes poseen la doble nacionalidad y pretenden buscar posiciones de tipo político y electoral. Estos últimos tenían y deberían continuar con sus derechos a salvo.
Quien tiene doble ciudadanía y desea participar en la vida pública mexicana debe renunciar a la ciudadanía extranjera. Eso está vigente en la legislación actual.
Me siento obligado a exponer que en mi desempeño como diputado federal integrante de la 56 Legislatura del Honorable Congreso de la Unión que aprobó el otorgamiento de la doble nacionalidad, voté a favor de que se otorgara este derecho a los descendientes de nuestros compatriotas que viven en el extranjero, por haber considerado a aquella iniciativa como un avance por su significado en el otorgamiento de mayor justicia y como una extensión de los derechos que les corresponden a nuestros descendientes que son nuestros connacionales que nacieron y viven en el extranjero pero que tienen ascendencia mexicana.
Como cónsul general de nuestro país en Chicago, Illinois, tuve el honor y la satisfacción de hacer entrega de los primeros certificados de nacionalidad a muchos paisanos, mujeres y hombres que tienen raíces mexicanas pero residían y residen en Estados Unidos.
La ciudadanía en cambio la otorga legalmente el país donde se reside y en el que no se nació, pero ello procede después de haber obtenido la visa de residente y después de cumplir con una serie de requisitos conforme lo establecen las leyes y los intereses de cada país.
Tengo la esperanza y el deseo de que el Senado de la República tome nota y valore estas reflexiones con el fin de que se legisle correctamente y no se afecte a tantos millones de descendientes mexicanos que verían lesionados sus derechos.
Como muestra de mi congruencia y de mi coherencia expreso que durante el tiempo en el que me desempeñé como Senador, defendí y exalté la labor, el esfuerzo y el honor de los migrantes mexicanos muchos de los cuales son madres, padres y abuelos de quienes poseen la doble nacionalidad.
