En dado caso de aprobarse la iniciativa impulsada por la bancada de Morena, la Secretaría de Gobernación tendrá facultades para expedir los criterios de clasificación aplicables a videojuegos que se comercialicen en México, además de establecer mecanismos de verificación de edad en plataformas que ofrezcan servicios con interacción en línea.
La reforma propuesta sería a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, específicamente se plantea modificar el artículo 69 BIS y adicionar un artículo 69 TER, para que las autoridades federales correspondientes posean facultades para regular este tipo de contenidos, en aras de proteger a menores de edad de prácticas como el robo de datos o el grooming..
Además de expedir los criterios de clasificación aplicables a los videojuegos que se distribuyan al interior del país, la Secretaría de Gobernación podrá vigilar el cumplimiento tanto de la denominación de los materiales como de la presencia de menores de edad, en coordinación con autoridades internacionales.
El texto establece que los distribuidores deberán incluir de manera visible la clasificación correspondiente en la portada de los videojuegos y en su publicidad, mientras que los comercializadores tendrán la obligación de abstenerse de exhibir o vender productos que no cuenten con dicha información.
Asimismo, se propone que los establecimientos que vendan o arrienden videojuegos clasificados como exclusivos para adultos soliciten a los usuarios acreditar su mayoría de edad, como requisito para concretar la transacción.
En cuanto al artículo 69 Ter, la iniciativa plantea que la Secretaría de Gobernación emita lineamientos para que los proveedores de videojuegos con funciones en línea implementen mecanismos de verificación de edad en la creación de cuentas y acceso a sus servicios.
Dichos mecanismos deberán apegarse a principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, así como al interés superior de la niñez. Además, deberán respetar la legislación en protección de datos personales, evitar la recopilación innecesaria de datos biométricos y contemplar sistemas de consentimiento verificable por parte de madres, padres o tutores.
La propuesta también establece que la autoridad federal será responsable de supervisar el cumplimiento de estas disposiciones dentro del ámbito de sus atribuciones.
El planteamiento surge al considerar que la legislación vigente presenta áreas de oportunidad frente a los cambios en el consumo digital y el acceso a contenidos interactivos por menores de edad, por lo que se busca actualizar el marco normativo en beneficio de este sector de la población.
Se menciona como antecedente el caso de A. M. V., de 46 años de edad y originario de Córdoba, España, quien fue condenado a 433 años de prisión por la comisión de 10 delitos, entre los que se incluye la agresión sexual con penetración a un menor de 16 años.
Además, el fallo también incluye una decena de delitos de abuso sexual a menores, 18 de embaucamiento o sexting, siete de elaboración de pornografía infantil y 13 de ciberacoso o grooming.
Se precisó que el acusado contactaba a sus víctimas a través del videojuego Fornite, y se ganaba su confianza haciéndoles regalos virtuales, para después pedirles que le mostraran sus genitales en una videollamada.
Asimismo, se señala el caso de un hombre de Kentucky, Estados Unidos, quien habría sido condenado a 30 años de prisión por atraer a niños a través de plataformas de videojuegos en Xbox, a quienes inicialmente persuadía para que le enviaran imágenes desnudos a cambio de dinero o fichas de juego.
De acuerdo a medios estadounidenses, el sujeto, identificado como Collin Marshall, intensificó su conducta cuando convenció a algunos de los niños para que se reunieran con él y luego abusó sexualmente de ellos.
