Estado

Javier Corral no pudo ser embajador por el Articulo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador revelara que ofreció al exgobernador Javier Corral ser embajador, pero que su doble nacionalidad se lo impidió, es porque en caso de haber aceptado o ser ratificado como tal por el Senado de la República, habrían violentado el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, el cual estipula lo siguiente:

ARTÍCULO 20.- Para ser designado embajador o cónsul general se requiere: ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años de edad y reunir los méritos suficientes para el eficaz desempeño de su cargo.

Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana y el documento de renuncia de la otra nacionalidad.

El Instituto Matías Romero ofrecerá cursos en materia de política exterior y Actividades Diplomáticas, a aquellas personas que sean designadas para ser embajadores o cónsules generales y no pertenezcan al Servicio Exterior.

Y es que durante la conferencia matutina de este martes 18 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador reveló que invitó al exgobernador de Chihuahua, Javier Corral, a ser representante de México en alguna de las Embajadas, sin embargo, su doble nacionalidad se lo impidió.

“Invité a participar a un exgobernador del PAN, a Corral, nada más que tiene doble nacionalidad y, para ser embajador, se requiere tener una nacionalidad, ser mexicano, si se tienen dos hay que renunciar; entonces estamos buscando que todos ayudemos, no van a ir los embajadores a hacer labor partidista, van a representar a nuestro país”, abundó.

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