Esta semana tendrán lugar las fechas patrias a partir del próximo miércoles 15 de septiembre, por lo que entre las dudas de varias personas empieza a circular la de cuánto deben pagarte si trabajas al día siguiente de la conmemoración del Grito de Independencia.
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que el 16 de septiembre es un día inhábil, y el artículo 75 indica que los empleados que trabajen en esa fecha, deben recibir su salario correspondiente más un salario doble extra; es decir, se paga triple.
Eso significa que el empleado recibe de manera adicional un 200% de su salario, a manera de sanción del patrón quien hace laborar a sus empleados.
En caso de que la empresa o el jefe permita que los empleados se tomen el día, no están obligados a pagar más, ya que habría cumplido con la ley.
Calcula cuánto deben pagarte
Para estimar lo que te corresponde por laborar este 16 de septiembre, debes dividir tu salario mensual entre 30 días y el resultado multiplicarlo por dos.
(Salario mensual bruto/ 30) x 2
De tal manera, si tu sueldo es, por ejemplo, de 8 mil pesos te corresponden 533.33 adicionales a los 266.66.
$ 8,000/ 30 = 266.66
266.66 x 2 = 533.33
266.66 + 533.33=799.98