Esto con el fin de mitigar los efectos negativos asociados a la pandemia del COVID-19.
El pasado 26 de marzo, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) acordó con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, A.C. (AMIS), la implementación de una serie de facilidades regulatorias temporales no obligatorias, por las cuales las aseguradoras que lo consideren conveniente, podrán apoyar a sus clientes en dos sentidos concretos.
Por un lado, aquellos casos en los cuales la póliza de seguro, ya sea de Vida, Gastos Médicos Mayores, Salud o Accidentes Personales, no contempla o excluye los riesgos derivados del COVID-19, puedan incorporarlos sin costo alguno.
En segundo lugar, permitir la posibilidad de ampliar de manera discrecional los plazos para el pago de primas de cualquier tipo de seguro por parte de los clientes leales y vulnerables, sin penalización o cancelación, en reconocimiento de los efectos provocados en los ingresos de un número importante de personas, por la emergencia sanitaria del coronavirus y, de las propias medidas sanitarias que se están tomando para evitar su propagación.
En este sentido, es muy importante que los asegurados se tomen el tiempo necesario para revisar las condiciones generales de su póliza de seguro, particularmente las coberturas y las exclusiones y, en caso de tener alguna duda, comunicarse con la compañía o su agente de seguros, para que la despejen.
Al respecto, algunas aseguradoras han estado comunicando en estos días mediante correo electrónico o medios impresos a sus asegurados que están cubiertos en caso de contraer el coronavirus, pero no es la regla general.
En cuanto a la posibilidad de diferir el pago de las primas, ya sea que estén contratadas de forma anual, semestral, trimestral o mensual, de requerirlo el contratante del seguro, lo recomendable es ponerse de inmediato en contacto con su aseguradora para preguntar si tiene acceso a dicha facilidad y para qué tipo de seguros, de acuerdo a las políticas establecidas por su aseguradora.
En este sentido y con el propósito de que los usuarios de seguros conozcan de forma sencilla las acciones que han sido establecidas por el Sector Asegurador a fin de mitigar los efectos asociados a la contingencia, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), elaboró un cuadro comparativo que concentra de forma resumida la información hasta ahora establecida por un número importante de aseguradoras respecto a qué pasa si el asegurado contrae el coronavirus, medios de acceso a la atención médica, tratamiento a los tiempos de espera, proceso de hospitalización, entre otros temas.
De hecho, algunas aseguradoras están lanzando al mercado productos innovadores para atender la
necesidad de la población de cubrirse por COVID-19, sin periodo de espera, esto es, para nuevos
asegurados no es considerada una exclusión la enfermedad causada por el coronavirus.
Cabe señalar que las facilidades regulatorias temporales que se han establecido por la autoridad
supervisora, dejan abierta la puerta a las aseguradoras para poder brindar de manera particular, otros
servicios en beneficio de sus clientes, en especial de los más vulnerables, por lo que es recomendable
preguntar cuáles podrían ser éstos.
De igual forma, debe considerarse que ante la contingencia del coronavirus, las instituciones de seguros
también han tenido que adoptar una serie de medidas que incluyen ajustar horarios de operación y
disminuir personal en sus centros de trabajo, por lo que los tiempos de atención de consultas o resolución
de los trámites pueden ser más tardados, sin afectar el servicio que deben proporcionar en caso de
siniestros.
Por todo lo anterior te recomendamos:
Leer detenidamente las pólizas de seguro para conocer las condiciones contratadas, e identificar si
se tiene o no la cobertura contra la pandemia del coronavirus.
Particularmente revisar los “Riesgos cubiertos” y las “Exclusiones”, que señala la póliza.
En el caso del pago de las primas, existe un periodo o tiempo de gracia, pasando el mismo se
cancela el seguro por falta de pago, por lo que si tienes un problema económico para cumplir en
tiempo con el pago, comunícate de inmediato con tu aseguradora.
Si llegaras a cambiar de aseguradora, en el caso de seguros de Vida, Gastos Médicos Mayores, Salud
o Accidentes Personales, es muy importante que en la nueva compañía te reconozca en la póliza la
antigüedad que tenías con la anterior.
Recuerda que si das falsas declaraciones, la aseguradora no está obligada a pagarte el siniestro y
puede dar por terminada la póliza sin la obligación de devolverte las primas pagadas.
Ingresa a https://www.condusef.gob.mx/?p=contenido&idc=1354&idcat=3, donde podrás acceder a los
cuadros comparativos sobre los apoyos asociados a la contingencia provocada por el COVID-19.
Para cualquier duda o consulta adicional y en su caso para presentar alguna reclamación contra alguna
aseguradora, comunícate a la CONDUSEF al Centro de Atención Telefónica 55 53 400 999 o bien visita
nuestra página de Internet www.condusef.gob.mx. También nos puedes seguir en Twitter: @CondusefMX,
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