La Cámara de Diputados iniciará el proceso para designar a la persona que sustituirá a Guadalupe Taddei al frente del Instituto Nacional Electoral (INE), luego de su renuncia a la presidencia del Consejo General. El procedimiento podría extenderse entre cuatro y cinco semanas, de acuerdo con el coordinador de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal Ávila.

En entrevista con el diario La Jornada, el legislador adelantó que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) será convocada este lunes o, a más tardar, el martes por la tarde, con el objetivo de emitir la convocatoria para renovar la presidencia del organismo electoral.

Monreal explicó que la designación deberá realizarse conforme a las disposiciones constitucionales que establecen las atribuciones de la Cámara de Diputados en la integración del Consejo General del INE.

El coordinador morenista señaló que Taddei no necesita acudir personalmente a San Lázaro para formalizar su renuncia, sino que basta con enviar el oficio correspondiente.

Consejeros actuales no podrán competir por la presidencia

Ante las versiones sobre la posibilidad de que alguno de los actuales integrantes del Consejo General asumiera la presidencia de manera definitiva, Monreal precisó que los consejeros en funciones no podrán participar como candidatos dentro del proceso de sustitución.

Sin embargo, indicó que sí tendrán la facultad de elegir a una persona que ocupe la presidencia interina mientras se desarrolla el procedimiento para designar a quien concluirá el periodo correspondiente.

El legislador consideró que la renuncia de Taddei fue una decisión adecuada ante los cuestionamientos surgidos en torno a su permanencia en el cargo.

“Fue una decisión correcta, porque el proceso no podía tener mancha ni duda de legitimidad”, expresó, de acuerdo con lo publicado por La Jornada.

¿Qué establece la Constitución?

La designación de la nueva presidencia del INE se fundamentará en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece las facultades de la Cámara de Diputados para elegir a la persona que ocupará la presidencia del Consejo General y a los demás consejeros electorales.

La disposición constitucional contempla que, cuando se produzca una falta absoluta de la persona titular de la presidencia o de algún consejero electoral durante los primeros seis años de su encargo, se elegirá a un sustituto para concluir el periodo vacante.

En caso de que la vacante o