El domingo 2 de junio se celebrará la jornada electoral en la que -entre otros cargos- se elegirá a la nueva o nuevo titular del Poder Ejecutivo. La Ley Federal del Trabajo obliga a los empleadores a conceder el tiempo necesario a sus trabajadores para salir a votar, y también establece una sanción específica por este incumplimiento.
De acuerdo con la legislación laboral, las empresas que impiden a sus empleados acudir a las casillas a votar, cuando esta actividad coincide con su horario laboral, pueden recibir una sanción que va de los 5,428 a los 162,855 pesos.
Esta multa -al igual que otras sanciones laborales- se puede fijar por cada trabajador afectado; es decir, el monto se multiplicaría por todos los empleados a los que se les haya negado el tiempo para ejercer el voto. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la autoridad encargada de fijar las multas a las empresas que incumplen con la normatividad, este procedimiento se realiza después de corroborar una violación al marco legal a través de una inspección.