Estado

Deberán empresas pagar triple a sus empleados si trabajan el día de las elecciones

El artículo 74 en su fracción 9na de la Ley Federal del Trabajo, establece que puede considerarse día de descanso obligatorio el que determinen las leyes federales y locales para las elecciones ordinarias, lo que corresponde a este 6 de junio, así lo dio a conocer el presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Ismael Dávalos.

Por lo anterior la empresa que deba de brindar sus servicios, tendrá que cumplir con las obligaciones del empleado, es decir pagarle como día de descanso obligatorio que es el doble del salario además del que le corresponde regularmente.

Comentó que en caso de que deben trabajar ese día, debe el patrón permitirle un tiempo considerable para que pueda acudir a efectuar su voto, para lo cual se debe de poner de acuerdo con su empleado.

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