Los casos de personas que carecen de acta de nacimiento y son registradas de manera tardía son poco frecuentes en las oficinas del Registro Civil, ya que la mayoría son detectados por el DIF Estatal, institución que posteriormente canaliza a las familias para realizar el trámite, informó el oficial del Registro Civil, Esteban González Villa.
El funcionario explicó que, aunque este año se conocieron casos de menores que fallecieron sin haber sido registrados, e incluso de madres que tampoco contaban con acta de nacimiento, este tipo de situaciones no son comunes en las oficialías, pues generalmente son identificadas mediante el trabajo de campo que realiza el DIF.
Señaló que anteriormente existía una multa por registrar a un menor después de los seis meses de nacido, al considerarse un trámite extemporáneo; sin embargo, esa sanción fue eliminada, al igual que dicho concepto, por lo que actualmente el registro puede realizarse sin penalización.
González Villa hizo un llamado a madres y padres de familia para registrar a sus hijos lo antes posible, al advertir que la falta de este documento priva a los menores de derechos fundamentales como la identidad, la nacionalidad, el acceso a la educación, a los servicios de salud y a los programas y beneficios que otorga el Estado mexicano.
