El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó ayer una orden ejecutiva que redefine los alcances de la ciudadanía por nacimiento, alterando la interpretación tradicional de la Enmienda 14 de la Constitución.
La nueva normativa federal elimina el derecho automático a la nacionalidad para las y los hijos de personas en situación irregular nacidos en territorio estadounidense. Esto supone una modificación directa de la interpretación vigente de la Enmienda 14, que hasta ahora garantizaba la ciudadanía a cualquier persona nacida en suelo estadounidense, sin importar el estatus migratorio de sus padres.
Según lo anunciado, esta medida se aplicará exclusivamente a los nacimientos futuros. Sin embargo, la eliminación de la ciudadanía por derecho de nacimiento tendría consecuencias significativas, como la imposibilidad de obtener pasaportes estadounidenses o ser reconocidos por la Administración de la Seguridad Social. Esto limitaría el acceso de estos menores a derechos fundamentales y oportunidades laborales legales.
“La Decimocuarta Enmienda nunca ha sido interpretada como una extensión universal de la ciudadanía a todas las personas nacidas en los Estados Unidos”, afirmó la Casa Blanca. En un comunicado, también señalaron que esta disposición siempre ha excluido a quienes nacieron en el país pero no están bajo su jurisdicción.
La orden establece que la ciudadanía no se otorgará automáticamente si la madre se encuentra en situación irregular y el padre no es ciudadano ni residente permanente con estatus legal en el momento del nacimiento. Asimismo, se excluyen los casos donde la madre se encuentre de forma temporal, como con una visa de estudiante, trabajo o turista, y el padre tampoco cumpla con los requisitos legales de residencia o ciudadanía.