La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la declaratoria general de inconstitucionalidad de la ley de instituciones de crédito que faculta a la Fiscalía General de la República (FGR) para obtener información bancaria sin orden judicial.
Esto luego de obtener seis de los ocho votos para aprobar la declaratoria general de inconstitucionalidad del artículo 142 fracción I de la Ley de Instituciones de Crédito.
La ministra ponente Margarita Ríos Farjat manifestó que el artículo 142 reformado mediante un proceso legislativo, no implicó un cambio en el sentido normativo al tener sólo la modificación en la palabra procurador por fiscal.
Destacó que la Primera Sala no encuentra razón jurídica válida, “para que en casos como el que nos ocupa, la Fiscalía General de la República solicite información resguardada por el secreto bancario en detrimento del derecho humano a la vida privada.