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Empresas pueden negar entrada a personas sin cubre bocas.

El primer visitador de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos César René Días Gutiérrez informó que dentro del análisis que se hace conforme a la cultura adoptada por la pandemia de coronavirus, se puede establecer que las empresas tienen derecho a negar la entrada a sus clientes si no portan el cubre bocas, toda vez que se trata de una disposición oficial.

Explicó que al ser empresas privadas se cuentan con protocolos exclusivos para reservarse el derecho de admisión, por lo que no se debe permitir que haya faltas de respeto hacia quienes trabajan en los negocios por negar la entrada a clientes que no acatan las medidas de prevención.

Díaz Gutiérrez destacó que caso contrario sería si trabajadores de la salud o adultos mayores, son excluidos en los establecimientos, aun cuando cumplan con las medidas de prevención, como ya se ha dado en varias ocasiones.

Agregó que en ese momento, quienes realicen estas acciones están cayendo en discriminación y si pueden otorgarse varias sanciones por ese motivo.

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