El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las multas impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a 176 candidatos acusados de beneficiarse de los llamados acordeones, tanto físicos como digitales. El monto revocado superó los 6.3 millones de pesos.
El TEPJF determinó que no había pruebas suficientes para vincular a los candidatos con la difusión de estos documentos. Aunque el bloque mayoritario reconoció la existencia de las guías, no se pudo comprobar su uso o impacto en la campaña.
La magistrada Janine Otálora criticó la investigación del INE y propuso devolver los expedientes para profundizar en las indagatorias. Sin embargo, esta propuesta fue rechazada por los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Alfredo Fuentes.
Finalmente, el TEPJF revocó las sanciones, considerando que el INE no pudo demostrar que los candidatos fueran responsables por la difusión de los acordeones como propaganda indebida.
