La reforma al artículo 19 de la Constitución, que amplía los delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa, ha sido aprobada por 17 congresos estatales.
Con este proceso legislativo concluido, se espera que mañana 3 de diciembre tanto la Cámara de Diputados como el Senado emitan las declaratorias de constitucionalidad para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Esta reforma incorpora nuevos delitos graves que ameritarán la prisión preventiva oficiosa, entre los que se encuentran la extorsión, la producción y comercialización de fentanilo y otras drogas sintéticas, el contrabando, así como cualquier actividad relacionada con la falsificación de comprobantes fiscales.
Los congresos de Ciudad de México, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas han aprobado las modificaciones.
Los delitos que se incorporan al catálogo de prisión preventiva oficiosa incluyen, además de los mencionados, actividades ilícitas relacionadas con la introducción, desvío, producción, preparación, comercialización y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales. También se incluyen aquellos delitos graves contra la salud, el libre desarrollo de la personalidad y otras violaciones graves que ponen en peligro el orden público y la seguridad.
La reforma busca dar una respuesta más efectiva frente a delitos que no solo afectan a las víctimas directas, sino que contribuyen a la perpetuación de la violencia y la debilidad del Estado de Derecho.
La medida de la prisión preventiva oficiosa se justifica como una herramienta para neutralizar a los delincuentes, proteger a las víctimas, evitar la reincidencia y prevenir la manipulación del proceso judicial, especialmente en casos con alto riesgo de fuga o intimidación de testigos.